ARGUMENTACIÓN JURÍDICA


ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

El texto que presentamos a continuación no es más que una breve mirada panorámica de los elementos centrales de la argumentación jurídica, actividad fundamental de los juristas; tema que viene provocando creciente interés tanto en académicos como en operadores del sistema jurídico, entre quienes los jueces cumplen un rol de singular trascendencia.

El interés de los teóricos del derecho por la argumentación jurídica es un ingrediente importante de la experiencia judicial, la cual ha aumentado enormemente en los últimos tiempos. Especialmente a partir de los años 50 cuando se produce un gran resurgimiento con la aplicación de la lógica al derecho, en parte por la posibilidad de aplicar al mismo las herramientas de la “nueva” lógica matemática (con la publicación, en 1951, de la lógica jurídica de Ulrich Klug y en parte como consecuencia del nacimiento de la lógica deontológica de las normas (con el trabajo primer trabajo de Wright de 1951).

Pero, también ha influido en el auge de esta nueva visión de la argumentación como teoría jurídica, la propuesta de otras visiones no tradicionales en el estudio de los argumentos, representadas por la tópica de Viehweig, la retórica de Perelman (llamada por él nueva retórica), y la lógica operativa o informal de Toulmin, llamados por la doctrina los precursores de la teoría del derecho como argumentación. Por eso, cuando hoy se habla de argumentación jurídica (o de teoría de la argumentación jurídica), se hace referencia a un tipo de investigación que no se limita al uso de la lógica formal (el análisis lógico formal sería una parte de la misma) e incluso a veces a un tópico de investigación que se contrapone al de la lógica formal.

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