AUTO
SUPREMO 0506/2017-RRC de 14 de Junio de 2107
MATERIA
PENAL.
Sobre
la fundamentación del exceso de la duración de tiempo en la etapa de Juicio en
un recurso de Casación (“Dispersión de la Prueba”)
¿De qué
forma se puede fundamentar la extensión de la duración del Juicio Oral en el
Recurso de Casación para lograr la nulidad de obrados?
En un proceso penal sobre el delito de Incumplimiento de contratos (art. 222 del CP) se sentenció al acusado a cumplir una pena de 3 años de reclusión, apelando la misma, que por medio de auto de vista 11/2015 fue declarado improcedente manteniendo firme la sentencia.
Se presentó
un Recurso de Casación, argumentando dos cosas, 1) Defectuosa valoración de la
prueba, argumentando que el tribunal de alzada no aplico las reglas del debido
proceso. Y 2) la vulneración del principio de continuidad relacionada con el
debido proceso, “al existir la dilación en juicio oral por más de un año” (Sic)
solicitado “tutela jurisdiccional y en merito a esa violación pide la anulación
del Auto de vista porque ilegalmente confirmo la sentencia” (Sic)
El Tribunal
Supremo de Justicia rechazo la valoración dela prueba, argumentando que no es
competente para realizar una acción que solo le compete al juez o tribunal de
Sentencia.
Con
el segundo punto, el Tribunal Supremo de Justicia, declaro que existe la figura
de la “Dispersión de la Prueba” como una medida legal en la que se en base al principio
de celeridad del cumplimiento de los plazos procesales, se puede interponer ante
la excesiva dilación procesal en el tiempo que el tribunal tarda en señalar audiencia
de continuidad del juicio oral y en la cantidad excesiva de audiencias para
emitir sentencia, pudiendo anularse obrados hasta el inicio de un nuevo juicio.
Sin
embargo el Recurso de Casación planteado no cumplió con los requisitos
establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia para aplicar la “Dispersión de
la prueba” pero manifestó los fundamentos legales para que sea aplicada en los
recursos de Casación.
No
solamente es denunciar la vulneración al debido proceso sino que se tiene que
presentar la relación entre la dilación procesal y la forma que esta afecto a
la credibilidad de la Decisión del Tribunal de Sentencia y se debe especificar
el momento oportuno y exacto del desacuerdo con las suspensiones de las
audiencias o el señalamiento de dichas audiencias.
Tal
extremo lo transcribió de la siguiente forma.
“Al respecto, se advierte que su
denuncia denota una falta de claridad y fundamentación; por cuanto, no expresó
las razones por las que considera que la dilación por más de un año de la
audiencia de juicio oral, afectaron la credibilidad de la decisión del Tribunal
de Sentencia de condenarlo por la comisión del hecho tipificado como
Incumplimiento de Contratos, previsto y sancionado por el art. 222 del CP,
siendo que el recurrente se limitó a efectuar una relación de fechas en las que
duró el juicio oral, sin especificar cuáles los motivos por los que se produjo
dicha dilación, si fueron injustificables o respondieron a las propias
solicitudes de las partes y/o a factores de fuerza mayor que impidieron su
prosecución; por cuanto, no basta una simple mención sobre la duración del
juicio oral, sino que es responsabilidad del recurrente proveer elementos
necesarios y especificar que en el debido momento haya estado en desacuerdo con
las suspensiones de las audiencias de
juicio o demostrar los elementos que originaron dicha dilación con la que no
estuvo de acuerdo y que ese desacuerdo haya manifestado en el momento oportuno
ante la autoridad jurisdiccional de juicio y en caso de estar en desacuerdo con
la decisión judicial, como también exponer sí acudió al Tribunal superior para
su revisión; al respecto, se establece que estos aspectos no constan en la
argumentación efectuada en su recurso de apelación restringida.” (Sic)
Conclusión.
– SI, se puede fundamentar como argumento para solicitar la nulidad del proceso
el excesivo tiempo que demora el Juicio Oral, tratando de aplicar la “Dispersión
de la prueba” pero se tiene que fundamentar en la relación entre la dilación procesal
y la afectación a la credibilidad de la decisión y el desacuerdo de la parte
afectada de la duración del juicio oral.
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